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Justificación
Por el reconocimiento internacional de lesbianas, gays, bi y trans
Según una opinión bastante corriente, la homosexualidad
sería hoy en día más libre que nunca: presente
y visible en la calle, las revistas, la televisión, el cine,
completamente aceptada prácticamente como testimonian en varios
países avances legislativos recientes sobre el reconocimiento
de los derechos de las parejas del mismo sexo. Es cierto que algunos
ajustes son todavía necesarios para erradicar las últimas
discriminaciones, pero con la evolución de las mentalidades,
no se trataría en suma, según algunos, que una cuestión
de tiempo, el tiempo de dejar cuajar un movimiento de fondo que comenzó hace
ya varias décadas.
Para un observador más atento la situación es globalmente
diferente; sin duda el siglo XX ha sido uno de los más cercenados
de violencias homofóbicas de la historia: deportaciones en los
campos de concentración bajo el régimen nazi, goulag
en la Unión Soviética, chantajes y persecuciones en los
Estados Unidos en la época de McCarthy… Evidentemente,
ahora todo eso nos parece lejano, pero con frecuencia las condiciones
de existencia en el mundo de hoy siguen siendo terribles. La homosexualidad
es discriminada por casi todas partes, en al menos ochenta estados
esta perseguida por la ley (Argelia, Senegal, Camerún, Etiopía,
Líbano, Jordania, Armenia, Kuwait, Puerto Rico, Nicaragua, Bosnia…);
en varios países esta condena puede llegar a ser superior a
diez años de prisión (Nigeria, Libia, Siria, India, Malasia,
Jamaica…); a veces la ley contempla la cadena perpetua (Guyana,
Uganda). Y en una decena de naciones la pena de muerte puede ser aplicada
efectivamente (Arabia Saudita, Afganistán, Irán...).
Recientemente varios presidentes de estados africanos han afirmado
brutalmente su determinación a luchar personalmente contra una
plaga, que ellos califican de antiafricana. Incluso en otros países
donde la homosexualidad no está perseguida por el código
penal, las persecuciones se multiplican. En Brasil por ejemplo, los
escuadrones de la muerte y los skin heads siembran el terror: 1,960
asesinatos homofóbicos fueron censados oficialmente entre 1980
y 2000. En estas condiciones parece difícil pensar que la "tolerancia" está ganando
terreno. Al contrario, en la mayoría de esos estados, la homofobia
se manifiesta hoy con más violencia que ayer. La tendencia por
tanto no es hacia la mejoría generalizada de la situación,
como sería de desear.
Por todas estas razones proponemos esta Jornada Mundial de Lucha Contra
la Homofobia. Ella tiene por objetivo la articulación de acción
y reflexión para luchar contra todas las violencias físicas,
morales o simbólicas ligadas a la orientación sexual
o a la identidad de género. Esta jornada pretende suscitar,
apoyar y coordinar todas las iniciativas que contribuyan a la igualdad
de los ciudadanos en la materia, a nivel de derechos y de hechos, y
esto en todos los países en los que sea posible realizar esta
iniciativa. La organización de una jornada de lucha contra la
homofobia en cada país permitirá inscribir nuestras luchas
como una muestra de solidaridad entre todas las personas lesbianas,
gays, bi y trans (LGBT) del mundo entero. Se trata también de
insertar estas luchas en el contexto más global de defensa de
los derechos humanos. Desde hace varias décadas en el mundo
entero, numerosas acciones han tenido lugar con esta perspectiva, con
cierto éxito por cierto. Nos situamos en esta línea de
acción: queremos reforzar las experiencias realizadas, dar más
visibilidad a las acciones futuras y apelar a instancias nacionales
e internacionales para que inscriban esta jornada en su agenda oficial,
siguiendo el ejemplo de la Jornada mundial de las mujeres o de la Jornada
mundial de lucha contra el sida. El reconocimiento de una jornada como
esta sería así un compromiso claro de la comunidad internacional,
que se ha movilizado contra otras formas de discriminación y
violencias sociales, pero todavía no sobre este tema. Esta es
la ocasión.
Este texto ha sido redactado por Louis-Georges Tin, director del "Dictionnaire
de l'homophobie" (Presses Universitaires de France, 2003). Si
quiere también apoyar esta iniciativa, y si desea que esta Jornada
de Lucha Contra la Homofobia sea inscrita oficialmente en los calendarios
nacionales e internacionales, puede firmar y hacer firmar la presente
petición.
2 Por qué surge
El 17 de mayo de 1990 la Asamblea General de la Organización
Mundial de la Salud (OMS) suprime la homosexualidad de la lista de
las enfermedades mentales. Con este hecho se pretendía acabar
con casi un siglo de homofobia médica. Siguiendo esta lógica
histórica pretendemos que el Alto Comisionado de Derechos Humanos
y la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas condenen
igualmente la homofobia en sus manifestaciones políticas, sociales
y culturales reconociendo esta Jornada. La decisión de la OMS
constituye para nosotros una fecha histórica y un símbolo
fuerte : por esta razón proponemos que esta Jornada mundial
tenga lugar cada 17 de mayo.
3 Objetivo
Este proyecto tiene por objetivo el de inscribir esta Jornada en el
calendario nacional de un máximo número de países,
y de su adopción a nivel internacional. Para mostrar que la
lucha contra la homofobia no es sólo el problema de las personas
lesbianas, gays, bisexuales o transgénero, sino que es un deber
de los poderes públicos y reflejo de la voluntad de una mayoría
de la sociedad. Los actos y los discursos homofóbicos son una
realidad que no podemos seguir ignorando. Nuestro objetivo es precisamente
denunciar las violencias pasadas y presentes para prevenir o al menos
limitar las violencias futuras. El problema no es la homosexualidad
sino la homofobia: debemos concentrarnos para solucionarlo.
4 Qué se busca
En un primer momento, a partir de la base del texto propuesto, pretendemos
obtener un máximo de firmas, por internet o en papel, en un
máximo de países. Estas pueden ser promovidas por asociaciones
LGBT, por asociaciones ligadas a la defensa de los derechos humanos,
los sindicatos, los partidos políticos, mujeres y hombres individualmente,
etc. Una vez reunido un máximo de apoyos, quisiéramos
fijar el 17 de mayo de cada año como Jornada Mundial de Lucha
Contra la Homofobia. En todos los países donde esto no sea posible,
la petición podría ser depositada a las autoridades ese
mismo día de forma simbólica. Esto reforzaría
la dimensión internacional de nuestro compromiso, y ayudaría
a aquellas y aquellos que viven en países donde estas acciones
no son posibles todavía. Evidentemente, no sabemos cuando las
Naciones Unidas reconocerán la legitimidad y la importancia
de nuestras acciones, pero esto no nos impide continuar nuestro combate
contra la homofobia y por los derechos de las lesbianas, los gays,
los bisexuales y los transgénero en todos los países
del mundo.
5 Marco legal
La homofobia es una forma de discriminación por orientación,
expresamente prohibida por nuestra Constitución y otras leyes
secundarias. Aquí el sustento legal de las acciones en contra
de la homofobia.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
TÍTULO PRIMERO CAPÍTULO I DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES
Artículo 1o.- En los estados unidos mexicanos todo individuo
gozara de las garantías que otorga esta Constitución,
las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los
casos y con las condiciones que ella misma establece.
Esta prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos
del extranjero que entren al territorio nacional alcanzaran, por este
solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico
o nacional, el genero, la edad, las capacidades diferentes, la condición
social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones,
las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra
la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos
y libertades de las personas.
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Artículo 4. Para los efectos de esta ley se entenderá por
discriminación toda distinción, exclusión o restricción
que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad,
condición social o económica, condiciones de salud, embarazo,
lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil
o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento
o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades
de las personas.
También se entenderá como discriminación la xenofobia
y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones.Código
Penal del Distrito Federal
TÍTULO DÉCIMO DELITOS CONTRA LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS
CAPÍTULO ÚNICO DISCRIMINACIÓN
Artículo 206. Se impondrán de uno a tres años
de prisión y de cincuenta a doscientos días multa al
que, por razón de edad, sexo, embarazo, estado civil, raza,
precedencia étnica, idioma, religión, ideología,
orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen o posición
social, trabajo o profesión, posición económica,
características físicas, discapacidad o estado de salud:
I. Provoque o incite al odio o a la violencia;
II. Veje o excluya a alguna persona o grupo de personas; o
III. Niegue o restrinja derechos laborales.
Al servidor público que niegue o retarde a una persona un trámite,
servicio prestación al que tenga derecho, se le aumentará en
una mitad la pena prevista en primer párrafo del presente artículo,
y además se le impondrá destitución e inhabilitación
para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión
públicos, por el mismo lapso de la privación de la libertad
impuesta.
Este delito se perseguirá por querella.
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Chiapas
Artículo 207 Bis.- Se impondrá pena de tres a seis años
de prisión. De 50 a 200 días de multa y de 25 a 100 días
de trabajo a favor de la comunidad al que por razón de edad,
sexo, embarazo, estado civil, raza, idioma, religión, ideología,
orientación sexual, color de piel nacionalidad origen o posición
social, carácter físico discapacidad o estado de salud
provoque
I. Provoque o incite odio o la violencia
II. En ejercicio de sus actividades profesionales, mercantiles o empresariales
niegue a una persona un servicio o prestación a la que tenga
derecho para los efectos de esta fracción se considera que toda
persona tiene derecho a los servicios o prestaciones que se ofrecen
al público en general
III. Veje o excluya a una persona o a un grupo de personas cuando dichas
conductas tengan por resultado un daño material o moral o,
IV. Niegue y restrinja derechos laborales
El 16 de noviembre de 2006, la Cámara de Diputados aprobó, a propuestadel PRD, por unanimidad un punto de acuerdo donde se exhorta al Poder Ejecutivo en sus ámbitos federal, local y municipal a instituir el 17
de mayo como Día Nacional Contra la Homofobia y celebrar esta fecha,
así como a adoptar las medidas para promocionarlo.
La Presidencia de la República aún no adopta la fecha oficialmente.
Fuente: http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/60/2006/oct/20061031-I.html
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó el 19 de abril de
2007 un punto de acuerdo para exhortar al Jefe de gobierno de la
ciudad, Marcelo Ebrard, para que establezca y promueva el 17 de mayo
como Día de Lucha Contra la Homofobia en la Ciudad de México.
Los Principios de Yogyakarta, presentados el 26 de marzo de 2007 por
un grupo de 29 expertos del mundo en derechos humanos, exhortan a una
nueva acción mundial contra la discriminación y los abusos. Los
Principios, firmados en la ciudad de Yogyakarta, Indonesia, ratifican
estándares legales internacionales vinculantes que los Estados deben
cumplir. Prometen un futuro diferente, donde todas las personas,
habiendo nacido libres e iguales en dignidad y derechos, podrán
ejercer ese derecho adquirido al momento de nacer.
Los principios están disponibles en el sitio: http://yogyakartaprinciples.org/
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